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general de Hispánica


- "La mayor cosa después de la Creación del mundo,
sacando la encarnación y muerte del que lo crió, es el
descubrimientos de las Indias". (López de Gómara, carta
a Carlos V)
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- "Y es más fácil, oh España, en muchos modos,
- que lo que a todos les quitaste sola
- te puedan a ti sola quitar todos". (Quevedo)
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- "En Castilla el espíritu conquistador nace del de
rivalidad, apoyado por la religión. La tendencia natural de
Castilla era la prosecución en el suelo africano de la lucha
contra el poder musulmán, del que entonces podían aún
temerse reacciones ofensivas; pero, interponiéndose Colón,
las fuerzas que debieron ir contra Africa se trasladaron a
América". (Angel Ganivet, 'Idearium').
"El ideal evangélico se mantuvo paralelo a
motivos más materialistas y mercenarios. La España católica nunca
renunció a su programa de evangelización, como tampoco renunció a
su sistema de explotación colonial. De hecho, la rapacidad de los
españoles y el celo apostólico de sus misioneros fueron las dos
grandes palancas de la conquista. Sin esta doble pasión de ganar
las almas y ganar el oro, América nunca habría sido colonizada".
(Louis Bertrand)
"Primeramente justifica la guerra como un
apostolado, pues si no se aparta a los indígenas de sus idolatrías,
y hay otra intención en los conquistadores, 'la dicha guerra
sería injusta, y todo lo que en ella se hoviese, obligado a
restitución'. Establece penas contra la blasfemia. ¿Se deberá
a Cortés que en Méjico la blasfemia sea desconocida? Prohibe el
juego de dados, y permite el de naipes moderamente..." (Carlos
Pereyra, 'Hernán Cortés')
- "Los descubridores y conquistadores se proponían casi
todos con sinceridad profunda, la evangelización de las
poblaciones descubiertas y conquistadas. Cortés puso excesivo
celo militar en convertir, esforzándose mucho los hombres de
Iglesia en moderarlo, pero con todo era el primero en
comprender que era necesaria una evangelización metódica
para la que no estaba calificado.
- ...Las razas indígenas, que los españoles no destruyeron,
como hicieron los anglosajones, eran muy capaces de creación
y desenvolvimiento artístico, y contrariamente a lo ocurrido
en las tierras colonizadas por los anglosajones, las diversas
formas de arte florecieron magníficamente en los grandes
centros de la colonización española...'Ninguna ciudad del
Nuevo Continente, dice el alemán Humbolt, sin exceptuar las
de los Estados Unidos, ofrece establecimientos científicos
tan grandes y tan sólidos como la capital de Méjico'.
- Pero estos resultados parecerán aun más grandes y
maravillosos, si se recuerda que esta civilización española,
tan superior en todos los aspectos a la civilización
anglosajona de fines del siglo XVIII, se realizó a la vez que
los españoles asumían la pesada tarea de educar a las razas
indígenas, mientras los anglosajones suprimían esta superior
dificultad exterminándolos. Conviene determinar las causas de
tan prodigioso fenómeno; estas causas resinden esencialmente
en el hecho de que la colonización española fue acompañada
de una 'conquista espiritual'. " (Maurice Legendre, 'Historia
de España')
-
"La
explotación y conquista de las nuevas tierras no las emprendió la
corona por su propia cuenta. Carente como se hallaba de recursos con
qué equipar las expediciones y afrontar su posible fracaso, prefirió
aceptar el ofrecimiento de los particulares de efectuar las empresas
a su costa celebrar con ellos capitulaciones para reglar jurídicamente
los nuevos descubrimientos y las concesiones que se otorgarían a
los que los ejecutaren. Este sistema, si bien trajo consigo la
incorporación de grandes territorios a la soberanía de la corona
sin ningún desembolso pecuniario para ésta, favoreció la
perpetración de abusos de los concesionarios respecto de los indios,
como en su tiempo va lo hizo notar LAS CASAS.
...Junto con
las capitulaciones, existían además las instrucciones, por medio
de las cuales se reglamentaba la forma de actuación del
expedicionario, el tratamiento que debía este dar a los indios y la
necesidad de proveer a su conversión. Constituían ellas, asimismo,
verdaderos contratos de mandato, pues delegaban en los jefes de las
expediciones de jurisdicción civil, criminal y militar, lo que
permitía a éstos asegurar la disciplina de sus huestes. Debe
recordarse como fundamentos legales de las instrucciones, la Provisión
general sobre descubrimientos dados por Carlos V en Granada en 1526
y las Ordenanzas de nuevos descubrimientos dictada por Felipe II en
1573.
...No deja de
tener significación jurídica el examen del título válido para el
dominio de las Indias por los reyes de Castilla y León. Era un
debate necesario entre teólogos y juristas, para lucubrar una teoría
capaz de explicar un justo titulo para el dominio de las Indias como
parte integrante de la monarquía.
Descubierta América, la
monarquía encarga al religioso Matías de Paz y al profesor de
Salamanca Juan Lopez de Palacios Rubio para determinar los
antecedentes y el justo título de la dominación española.
Al plantearse este debate,
se esgrimen tres teorías: la de concesión pontificia, la del
derecho natural y la posición intermedia. La primera es una teoría
que se sustentaba en que el Papado ejercía el dominio pleno sobre
las tierras desconocidas habitadas por infieles. El Papa era el
sucesor de San Pedro, con poderes omnímodos para engrandecer la
Iglesia y propagar la fe cristiana." (Percy
Assen G.)
"Lo
que debe sorprendernos no son los abusos iniciales, sino el hecho
de que esos abusos se encontraran con una
resistencia que provenía de
todos los niveles -de la Iglesia, pero también
del Estado mismo- de una
profunda conciencia cristiana." (Pierre
Chaunu)
"No
parece conveniente forzarlos a abandonar su lengua natural: sólo
habrá que disponer de unos maestros para los que quisieran aprender,
voluntariamente, nuestro idioma"
(Felipe II, 1596)
"En
1511, el dominico fray Antonio
Montesinos lanzó un sermón contra los
pobladores y sus abusos, que encendió la hoguera y puso en movimiento
un tempranísimo antagonismo entre las tierras conquistadas y
la metrópoli. La conciencia de Fernando
el Católico se conmovió y, al tiempo
que acredita su poder temporal indiano, ordena reunir una Junta de
teólogos y juristas (1512) que ha de deliberar sobre el conflicto
planteado. La tesis de Fernández
del Enciso sobre "el señorío
universal del romano pontífice" y
la de Palacios Rubios
se impusieron por el momento y fueron
vertidas en el requerimiento. Cupo al doctor Palacios
Rubios, según opinión comúnmente admitida,
redactar, en los días que Pedrarias
preparaba su expedición, el famoso requerimiento, documento por
el cual el capitán español hacía saber a los indios que venía en
nombre de un rey poderoso y respaldado por la
donación papal, a incorporar sus
tierras a los dominios de aquel rey y a darles la fe católica.
Dicho requerimiento fue hecho en la conquista de Canarias, y antes
de redactarse el de Palacios Rubios, los primeros conquistadores
requerían ya a los indios verbalmente. Zarpó para las Indias por
primera vez el requerimiento en 1514, dándose
cita nombres luego ilustres para acompañarlo,
puesto que en las mismas naos de Pedrarias embarcaron Diego
de Almagro, Hernando Luque, Sebastián
de Belalcázar, Hernándo de Soto, Bernal
Díaz del Castillo, Francisco Vázquez de Coronado, Pascual de Andagoyas,
Francisco de Montejo, Gonzalo Fernández de Oviedo...
La base teórica del requerimiento estaba en
las doctrinas anteriormente enunciadas,
pero su aplicación fue irrisoria, por
las respuestas de los indios o por la ignorancia de su contenido al
no haber quien se lo pudiera traducir.
No obstante, la teoría de la guerra justa
quedaba acreditada, dado que de no
aceptar los indios el vasallaje y la nueva fe propuestos, se les haría
la guerra sin piedad y se les sujetaría "al yugo y obediencia
de la Iglesia y de sus altezas"
(...).
Las
tomas de posesión, con antecedentes en el derecho romano y en el
germánico, fueron efectuadas por todos los pueblos descubridores,
que dejaban algún testimonio del acto.
(...) Pasados unos años de la redacción
del requerimiento, los dominicos volvieron a
la carga (1525), con tal transcendencia, que inmediatamente se
ordenó la suspensión de los descubrimientos y conquistas (...).
Los capitanes españoles habían ido apoderándose
de las tierras apoyados en esta
doctrina [la de la donación papal
contenida en el requerimiento]. Pero en
la Península no cesaban las discusiones
y la oposición a tal tesis. (...) El
asunto se puso tenso. En libros, juntas y cátedras se ventiló el
problema.
(...) Nadie pensó en 1511 que el sermón
pronunciado por Fray Antonio de
Montesinos contra la conducta de los pobladores iba a motivar tal
maraña de controversias (...)
Tras las conclusiones de [Francisco]
de Vitoria, la posición estatal era
bastante incómoda, y bien claro quedaba que el viejo título de
donación pontificia no servía para nada.. Claro que el mismo
fraile, en su segunda relección ("De
iure belli") proporcionó las
bases justificativas.
Las Casas, por entonces, hacía oir su voz como nunca, y negaba
rotundamente todo derecho a la conquista armada, desmintiendo la
donación papal y el requerimiento.. No quería
conquista bélica, sino penetración
misionera. Como resultado de tales polémicas brotaron las 'Leyes
Nuevas' de 1542 (20 de noviembre),
donde se incluyeron capítulos sobre
"la forma que se ha de tener en los descubrimientos" y
conquistas.
Al año, una carta-mensaje y unas instrucciones, inspiradas en el
pensamiento dominico, fueron remitidas a la Nueva España con el fin
de sustituir el requerimiento. Las diferencias entre ambos
documentos son notables". (Francisco
Morales Padrón, 'Historia General de América')

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- Evangelización de América:
- Derecho indiano:
- Historia de América (bibliografía):
- Conquista de América (Textos originales):
- Leyes de Indias:
- La Flota de Indias:
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